#CasoCurauma / ¿Error o manipulación en la distribución judicial?

La quiebra de Curauma S.A.: ¿error o manipulación en la distribución judicial? 

El 19 de diciembre de 2013, el Segundo Juzgado Civil de Santiago declaró la quiebra de Curauma S.A., un hecho que cuestionó la transparencia del sistema de asignación de causas judiciales en Chile. El sistema de distribución de causas de la Corporación Administrativa del Poder Judicial (CAPJ) establece tres criterios fundamentales para la asignación de casos: 

1. Criterio 1. Tribunales habilitados: Solo se consideran los tribunales asociados a la localidad y materia correspondiente. En este caso, 19 tribunales cumplían con los requisitos específicos para conocer la quiebra de Curauma S.A.

2. Criterio 2. Carga de trabajo por materia: La causa debe ser asignada al tribunal con la menor cantidad de ingresos en la materia específica ("Declaración de quiebra"). Si varios tribunales tienen igual carga de trabajo, se pasa al siguiente criterio. 

3. Criterio 3. Carga total de ingresos (desempate): Si hay empate en la carga por materia, la causa debe ser asignada al tribunal con la menor carga total de causas acumuladas. El proceso de distribución del caso expuso serias irregularidades en el mecanismo implementado por la CAPJ. 

A continuación, se detallan los puntos clave que evidencian las inconsistencias en esta controvertida asignación:

1. Asignación aleatoria entre tribunales y probabilidades: En el momento de la asignación, 19 tribunales civiles tenían la misma carga de trabajo en la materia específica, con 5 causas ingresadas cada uno. Esto significaba que, en teoría, el sistema debía distribuir el caso de forma aleatoria entre estos 19 tribunales, restringiendo la asignación inicial de un total de 30 tribunales civiles. La probabilidad de que la causa fuera asignada a cualquiera de los 19 tribunales era: 

P = frac{1}{19} ≈ 5.26% 

Este cálculo refleja una probabilidad aceptable bajo un sistema que respete las reglas establecidas.

2. Irregularidad en la aplicación del Criterio 3: Aunque el sistema inicialmente cumplió con la distribución aleatoria por materia, surgieron problemas en el desempate, regulado por el Criterio 3 de la CAPJ. Según este criterio: Cuando varios tribunales tienen la misma carga en la materia específica (empate), la causa debe ser asignada al tribunal con la menor cantidad de ingresos totales. El Sexto Juzgado Civil tenía el menor total de ingresos acumulados (14.027 causas). Sin embargo, el caso fue asignado al Segundo Juzgado Civil de Santiago, lo que contradice el criterio y demuestra una manipulación en el proceso.

3. Falta de transparencia: La omisión del Criterio 3 pone en tela de juicio la transparencia del proceso de asignación. Aunque inicialmente la distribución aleatoria parecía correcta, la asignación final al Segundo Juzgado Civil no respetó los parámetros establecidos por la CAPJ.

Según los criterios oficiales, la causa debió haber recaído en el Sexto Juzgado Civil. Este incumplimiento es una infracción clara del procedimiento y afecta la credibilidad del sistema. 

La asignación del caso de quiebra de Curauma S.A. al Segundo Juzgado Civil no se ajustó a los criterios establecidos mediante oficio por la mismísima CAPJ. 

Aunque la probabilidad inicial de 5.26 % podría parecer razonable en un proceso aleatorio, la omisión del Criterio 3 introduce una irregularidad grave que mina la confianza en la imparcialidad del sistema judicial. Este caso subraya la necesidad de una investigación exhaustiva para aclarar las circunstancias de esta asignación y asegurar la integridad y credibilidad del sistema judicial chileno.

Santiago, diciembre de 2024. 

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